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La campaña de la Renta 2019 se prolongará hasta el 30 de junio de 2020, fecha límite.
30 marzo, 2020

La campaña de la Renta 2019 arrancó el pasado 1 de abril en un inicio marcado por el confinamiento debido al estado de alarma.
Importe mínimo para hacer la declaración
El primer paso es saber si estamos obligados, o no, a presentar la declaración de la renta. Aunque la gran mayoría de personas físicas con residencia habitual en España están obligadas a ello, es cierto que existen algunas excepciones.
Si no se superan los 1.000 euros brutos anuales sumando todos los ingresos de 2019 (trabajo, negocios, intereses bancarios...) no estaremos obligados a hacer la Declaración.
Tampoco, si el salario percibido no superó los 22.000 euros brutos anuales siempre que éste provenga de un único pagador. En caso de haber varios pagadores, dependerá de lo que se cobrase de cada uno.
En cualquier caso, es conveniente revisar el borrador de la Agencia Tributaria y considerar presentar o no la declaración aunque no estemos obligados. Es aconsejable para aplicarnos determinadas deducciones o recibir una devolución.
Documentos que necesito
Antes de realizar la Declaración de la Renta, es necesario tener cerca una serie de datos y documentos. Además del DNI y el número de IBAN, los más importantes son:
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Documentos relativos al trabajo: La empresa o empresas para las que se haya trabajado deberán facilitarnos la información (están obligadas a ello) sobre lo que se ha cobrado y las retenciones que se han hecho a la Agencia Tributaria. Si el contrato terminó durante 2019, se necesitarán los papeles relativos al cese o despido (importe de la indemnización, fecha de acuerdo del despido o cese...).
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Documentos del banco: nuestras entidad o entidades deben informarnos de los movimientos realizados que pudieran tener incidencia en nuestra declaración (como las deducciones por una hipoteca o por un plan de pensiones).
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Así mismo, si hemos comprado una vivienda de uso habitual necesitaremos los documentos relativos a la compra. Si se tiene una hipoteca, los recibos de los seguros. Si estamos de alquiler, el NIF del arrendador y las cantidades pagadas. También se deben aportar las referencias catastrales de todos los inmuebles de nuestra propiedad o en los que estemos residiendo (de alquiler o en otras circunstancias).
